Que no se niegue el Viatico à los Indios, que estan para morĩrse morirse , teniendo la disposicion que se requiere. I para recebir el Sacramento, podranlos llevar a la Iglesia, ò si esto no pudiere ser sin mucho detrimento, adereceseles su posada, ille veseles el Sacramento con la decẽcia decencia que ser pueda. Pero ninguno darà la comunion à Indio, sino su Cura, i este teniendo licencia de su Obispo.
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