Pero esto se ha de entender, si
la malicia, atrocidad, i gravedad
del delito, no fuere tal, que los haga indignos de esta templança i benignidad, porque en tales casos,
tā
tan
poco quiere el derecho favorecer
à rusticos, ni à menores, segun la
dotrina de una celebre Glossa,
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de lo que en terminos de los mesmos Indios añade el dicho Concilio III. Limense: como ni tampoco permite, que debaxo de la piedad, i pretexto de favorecerlos,
hagamos agravios conocidos à otras personas. Porque este es el recato, que nos enseña, i manda tener en tales negocios.