AVnqve el dominio,
govierno, i proteccion general de todas las
estẽdidas
estendidas
provincias del Nuevo
Orbe, pertenece à nuestros Catolicos Reyes de España, por los justos titulos, i razones que dexè dichas en el libro primero desta Politica: todavia
siẽpre
siempre
fue de su Real
voluntad, que en los pueblos de Indios, que en ellas se hallaron con
alguna forma de policia, o que despues por los nuestros se les erigieron i edificaron, para reducirlos à
ella, en la forma que se ha dicho en
los capitulos passados, se conservassen para regirlos i governarlos,
en particular aquellos mesmos Reyezuelos, ò Capitanejos, que lo hazian en tiempo de su infidelidad, ò
los que se probasse ser descendientes de ellos.