Pero todavia se ha de entender lo que de ellas dezimos, en las que son publicas, i sacrilegas, i hechas como para disponerse à otros vicios, como lo advierte con prudencia el Padre Ioseph de Acosta,
i no para excandescernos, ni estra ñar, ni culpar mucho, si uno, ò otro Indio en sus casas, ò tabernas, se viere borracho. Pues el Derecho nos enseña,
que se han de perdonar semejantes vicios, quando estā estan como cōnaturalizados connaturalizados en algunos hombres, i naciones.
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