Especialmente, que como llevo dicho, se fue con letura, de que aviendo de pagar los Indios estas especies, les obligabamos juntamente à que trabajassen, i cultivassen la tierra. I assi, no podran ser compelidos los Encomenderos à recebirlas en dinero, segun lo que en casos semejantes, i haziendo la distincion referida, nos enseñan muchos textos, i Autores.
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