I para hazerlo con mejor ordẽ orden , entro suponiendo, que pues estos tributos son generalmente impuestos à los Indios, i como diximos, canonicos, ordinarios, i regulares, ninguno se puede escusar dellos, sino mostrare el previlegio, ò justificare la causa de su exẽpcion exempcion ;
porque el Principe en su cobrança entra siempre fundando su intencion, i este es uno de sus principales derechos, i que se cuenta entre los que llaman Regalias, como lo enseñan los Dotores.
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