ALa mesma materia del servicio
personal de los Indios, de que avemos tratado, parece pertenecer la
de los tributos,
q̃
que
se les cargan, i deben pagar al Rey
nuestro Señor, en reconocimiento
de vassallage, ò à las personas à
quienes ha hecho merced de ellos
por sus servicios, que llamamos
Encomenderos, ò Feudatarios.