A las quales razones, se puede
añadir otra, que es, ser la labor de
las minas, negociacion questuosa, i
por la mayor parte mecanica. Cosa assimesmo defendida à los Clerigos por derecho Canonico.
La
qual razon da tambien el Concilio
de Lima,
prohibiendoles todas
las artes questuarias so pena de excomunion.