Lo qual tambien hallo dispuesto, aun con mas generalidad, por otra dada en Viana de Navarra à 15. de Deziembre de 1592. que encarga à los Prelados de las Indias: Que no consientan, que Clerigos ni Frailes beneficien minas, por ser cosa indecente de que resulta escandalo, i mal exemplo. Conviene à saber por la dureza de este trabajo, la codicia, que en èl se descubre, los peligros de alma i vida, que se incurren, las crueldades, muertes, i vexaciones, que se ocasionan, cosas todas, de que deben abstenerse los Clerigos, por ser tan cōtrarias contrarias à su profession, i ministerio.
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