I creciendo despues la malicia
de estos Indios de faldiquera, i
viẽ
do
viendo
el gran daño que de ello resultaba, se
despacharō
despecharon
otras los años
de 1608. 1616. 1618. 1620. dirigidas à las Reales
Audiẽcias
Audiencias
de Lima, i de los Charcas, las quales
llaman à esta grangeria perniciosa, i la detestan, i califican por
peor que hurto, i mandan, que
sean castigados severamente, los
que la continuaren, i que los Fiscales velen en inquirirlo, i solicitarlo; i que a los Corregidores de
Potosi, ò otros, que pareciera aver andado con omission, ò remission en castigar tan atroz delito, se
les haga grave cargo de ello en la
residencia.