Lo
decimo, i ultimo, considero por esta parte, que aunque en
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favor de la contraria ay muchas cedulas, que ò mandan, ò toleran este servicio de las minas con Indios forçados, de que ya hize plena
relacion en el capitulo antecedente. No faltan otras, que absoluta
i estrechamente le han prohibido,
fuera de las generales, que tanto
encargan se mire por su buen tratamiento.