A que se llega, que por mas que
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las cedulas prohiban, i manden castigar semejantes excessos, como en
tantas se ha hecho con tanto cuidado, es impossible que llegue à
noticia de las justicias la menor
parte dellos, por cometerse por la
mayor en los campos, i montes, i
lugares solitarios, i subterraneos.
Donde ni pueden ser oidos, ni remediados los gemidos de los pacientes, ni la ley, i el Magistrado,
aunque mas armado se halle del zelo de hazerlo, puede obrar nada,
en excessos ni sabidos, ni probados,
i que podemos dezir, que por mayor parte se los traga la tierra.