Sin que baste para escusar esta
quexa, dezir, que à vezes se dà pena sin culpa, por intervenir alguna
justa causa que lo requiera,
como lo es en el caso presente, la del
bien publico, que se ha ponderado.
Porq̃
Porque
esta dotrina no es muy constante en derecho, especialmente
quando se procede à penas corporales, que nunca quiere que las paguen, ò lasten unos por otros, ni
q̃
que
exceda el suplicio los limites del
delito.