I en el mesmo año à 24. de Noviembre se despachô tambien en Valladolid la cedula, tantas vezes referida, que llaman del servicio personal, la qual, en este de que tratamos, muestra sentimiẽto sentimiento , de que no se aya cumplido, i executado, como debiera, lo que tantas vezes, i con tanto aprieto se avia mā dado mandado . I deseando, que del todo se librassen los ombros de los Indios del peso de estas cargas, i que se acabasse de desarraigar tan mala, i envegecida costũbre costumbre , pues ya estarian abiertos caminos, hechas puentes, i proveido el Reino de bestias, i recuas bastantes, segun estaua ordenado, dize en el capitulo quinto lo que se sigue: Ordeno, i mando, que en ningunas de las provincias, ni partes de todas las Indias, no se puedan cargar, ni carguen los Indios con ningun genero de carga, ni por ninguna. persona de ningun estado, calidad, i condicion que sea, secular, ni | Eclesiastica, ni en ningun caso, parte, ni lugar, con voluntad de los Indios, i de sus Caciques, ni sin ella, ni con licencia vuestra, ni de las Audiencias, ni Governadores, a los quales prohibo, i mando, que no den, ni deis las dichas licencias, ni permitan, ni dissimulen las dichas cargas de los dichos Indios, so pena que el que lo contrario hiziere, sea suspendido del oficio que tuviere por quatro años precisos, i de mil pesos a la persona que cargare los dichos Indios con licencia, ò sin ella, aplicados por tercias partes, mi Camara, juez, i denunciador, i los que no tuvieren con que pagar la dicha condenacion, siendo de calidad, i estado humilde, de verguença publica, i destierro de las Indias. Lo qual es mi voluntad, i os mando, que assi lo hagais executar, i cumplir en todo el distrito de vuestro govierno, sin embargo de qualquiera cosa que en contrario de ello estè proveida, o costumbre que se pueda alegar. I encargo a los Prelados Eclesiasticos, seculares, i regulares, que en lo que les tocare, tengan particular cuidado de cumplir lo susodicho, i de ver i entender como lo cumplen los demas, i se executan las penas con los transgressores, i de avisarme dello en mi Consejo de las Indias.
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