I por el año de 1610. hallo, que
al Conde de Lemos se le permitieron fundar quatro obrages, en unos repartimientos de Indios que
se le dieron en el Perù, poniendole
por condicion, que no se avian de
sacar los Indios para ellos, mas
q̃
que
de à media legua de su contorno,
aunque despues se estendio à dos,
en conformidad de la referida.