I por el año de 1610. hallo, que al Conde de Lemos se le permitieron fundar quatro obrages, en unos repartimientos de Indios que se le dieron en el Perù, poniendole por condicion, que no se avian de sacar los Indios para ellos, mas que de à media legua de su contorno, aunque despues se estendio à dos, en conformidad de la referida.
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