Pero porque esto podia ocasionar, que los Indios por quedarse ociosos, pidiessen excessivos jornales, i assi se hiziesse falta en los
servicios publicos, se mandò luego
por otra cedula de la mesma data,
i por otra de dos de Deziembre de
1563.
q̃
que
los Magistrados, i Reales Audiencias los tassassen avida
consideracion de los tiempos, provincias, caminos, i trabajo de los
ministerios en que se avian de ocupar: pero esto de tal manera, que
en todo se mirasse por el bien de
los Indios.