I en la mesma conformidad se despachò carta à la Audiencia de Guatemala año de 1552.
Tom. 2. impres. pag. 137.
Encargando, que los Oidores della, que saliessen à la visita de la tierra, tuviessen cuenta de hazer que los Indios trabajassen en sus haziendas i heredades, i en las agenas, i no se les permitiesse la ociosidad, dando por razon, la que llevamos apuntada: Porque se dize son floxos, i holgazanes, i sino se provee, que traba jen para su provecho, no tendran ningun genero de policia, ni aprovechamiento, lo qual seria en daño suyo.
Loading...