I en la mesma conformidad se
despachò carta à la Audiencia de
Guatemala año de 1552.
Tom. 2. impres. pag. 137.
Encargando, que los Oidores della, que
saliessen à la visita de la tierra, tuviessen cuenta de hazer que los Indios trabajassen en sus haziendas i
heredades, i en las agenas, i no se
les permitiesse la ociosidad, dando
por razon, la que llevamos apuntada:
Porque se dize son floxos, i holgazanes, i sino se provee, que traba
j
en para su provecho, no tendran ningun genero de policia, ni aprovechamiento, lo qual seria en daño suyo.