I no contradize à esto, lo que de
contrario se opone, diziendo, que
ni en España, ni en otras partes
sō
son
compelidos los vassallos libres à
semejantes servicios. Porque cada
provincia necessita de leyes i costumbres particulares, que se ajusten à ella, como á cada passo nos lo
enseña el derecho.
I como el pulpo muda colores, segun el lugar à
donde se pega: assi el Legislador,
que es atento, i prudente, debe variar sus
mādatos
mandatos
, segun las regiones à cuyo govierno los encamina, i esta es su mejor ley, como aun
nos lo amonesta un Adagio,
donde su Comentador, entre otras
autoridades, trae la que dize:
Que
segun el lugar, conviene, que en unas partes hagamos esto, i en otras
aquello.