I como lo advierten algunas de
las dichas cedulas, especialmente
la del año de 1609. en el §. 2. serà
justo i conveniente, que se
enseñ
ẽ
enseñen
,
i humanen entresi los mesmos Españoles, sirviendose unos à otros,
pues no puede ni debe consentirse,
que todos quieran ser iguales, i cavalleros, en passando à aquellas
tierras. Cosa
cō
con
que nos dan en rostro algunos Autores Estrangeros,
i Naturales,
i no la ha permitido
ninguna Republica bien governada. Teniendo todas, como por maxima, i adagio corriente, que se deben servir, i ayudar unos ciudadanos à otros, como una mano lava
à la otra, i el Emperador Adriano
dixo, que se enjugassen, ò fregassen
los viejos del baño.