I porque aunque este vigilantissimo Virrey hizo, i proveyò en
esta parte quanto pudo, tassando
los Indios, i relevandolos de semejante servicio, todavia no acababa de desarraigarse de algunas
Provincias, especialmente de la
de Caracas, Quito, Popayan, Arequipa, Tucuman, Charcas, Paraguay, Chile, i en la de Guatemala, i otras de la Nueua-España, i
de el Nuevo Reino de Granada,
duraban los rastros de esta mala,
i envegecida costumbre, como lo
refiere i nota el Padre Agia,
se
repitieron los mesmos capitulos
de instruccion con nuevos aprietos, en la que se dio al Virrey don
Luis de Velasco el año de 1595.
quando fue proveido para el Perù; i al Licenciado Monçon el de
|
1581. quando fue por Visitador
de la Real Audiencia del Nuevo
Reino.
Encargandoles pusiessen
en esto especial cuidado, reduciendo à tassas fixas i ciertas, lo que
los Indios huviessen de pagar al
Rey, i à los Encomenderos, i que
del todo cessassen los dichos servicios.