Pero, como yà llevo dicho,
el cuidado de nuestros Reyes tenia prevenido, declarado, i mandado esto con particulares aprietos, como se puede ver por la clausula del testamento de la Reina
Catolica, i otras muchas cedulas que dexo citadas,
i en las
casi infinitas, que se juntaron en
el quarto volumen de las impressas el año de 1596.
cuya copiosa relacion se hallarà tambien historiada en varias partes por Antonio de Herrera.