Fuera de ser cierto, que en materias opinables, qual esta lo era, à la Sede Apostolica pertenece declarar la que se debe guardar i seguir, como aqui lo declarò con el hecho mesmo, i no se permite à nadie reclamar, ni bolver à poner en duda semejantes declaraciones.
Especialmente revalidas ya, i como autoriçadas, i prescriptas con su uso i larga observancia,
ò con la possession, que en virtud de ellas se ha ido continuando con buena fè, i por transcurso de largos tiempos.
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