Lo que se ha querido poner en duda, es, que genero de dominio se quiso conceder, i concedio por ella à los Reyes Catolicos, i sus sucessores en los Reinos de Castilla, i Leon. Porque algunos graves Autores, dizen,
que solo el cuidado de la predicacion, conversion, i protecccion general de los Indios, i que fuessen como sus tutores, i curadores, para que se conservassen en paz, i buena enseñan ça, despues de reducidos, i convertidos, con prohibiciō prohibicion de que otros Reyes, ni Principes, no se pudiessen mezclar en esto: pero no para que ellos privassen à los que tenian los Indios, ni les tomassen sus Provincias, haziendas, i Señorios, sino es en caso, que cometiessen excessos por donde mereciessen ser debelados.
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