Lo que se ha querido poner en
duda, es, que genero de dominio
se quiso conceder, i concedio por
ella à los Reyes Catolicos, i sus
sucessores en los Reinos de Castilla, i Leon. Porque algunos graves Autores, dizen,
que solo el
cuidado de la predicacion, conversion, i protecccion general de los
Indios, i que fuessen como sus tutores, i curadores, para que se conservassen en paz, i buena enseñan
ça, despues de reducidos, i convertidos, con
prohibiciō
prohibicion
de que otros
Reyes, ni Principes, no se pudiessen mezclar en esto: pero no para
que ellos privassen à los que tenian los Indios, ni les tomassen
sus Provincias, haziendas, i Señorios, sino es en caso, que cometiessen excessos por donde mereciessen
ser debelados.