Pero, quando este titulo no sea
tan firme, porque ay otros Autores, que le repugnan, i no quieren
conceder al Imperio tan gran latitud.
En la concession del Romano Pontifice pocos Catolicos ay
que dexen de convenir, teniendola
por muy solida.
Porque, aunque
algunos le niegan del todo la potestad temporal aun en los Reinos
de los Fieles.
Otros que mejor
sienten se la conceden,
i los mas,
tomando una media via,
convienẽ
convienen
,
que aunque no la tenga
directamẽ
te
directamente
, (porque hallamos dispuesto,
que estas dos jurisdiciones son distintas) es sin duda, que la tiene indirectamente,
cōviene
conviene
à saber,
quā
do
quando
lo que ordena, i dispone cerca
de los Reyes, i Reinos temporales, se encamina à algun fin espiritual, i delos que tocan à su govierno i jurisdicion, i mayor salud, i seguridad de las almas del genero
humano, que es el rebaño
q̃
que
Dios
puso à su cargo, i cuidado.