Pero, quando este titulo no sea tan firme, porque ay otros Autores, que le repugnan, i no quieren conceder al Imperio tan gran latitud.
En la concession del Romano Pontifice pocos Catolicos ay que dexen de convenir, teniendola por muy solida.
Porque, aunque algunos le niegan del todo la potestad temporal aun en los Reinos de los Fieles.
Otros que mejor sienten se la conceden,
i los mas, tomando una media via, convienẽ convienen , que aunque no la tenga directamẽ te directamente , (porque hallamos dispuesto, que estas dos jurisdiciones son distintas) es sin duda, que la tiene indirectamente, cōviene conviene à saber, quā do quando lo que ordena, i dispone cerca de los Reyes, i Reinos temporales, se encamina à algun fin espiritual, i delos que tocan à su govierno i jurisdicion, i mayor salud, i seguridad de las almas del genero humano, que es el rebaño que Dios puso à su cargo, i cuidado.
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